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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
AUDIENCIAS PÚBLICAS
Las audiencias públicas son un medio por el cual el Alcalde (sai) y el Concejo Municipal pueden conocer desde la perspectiva de los propios ciudadanos las materias de interés comunal.
Las Audiencias Públicas pueden ser convocadas por el alcalde, con acuerdo del Concejo Municipal y también puede ser requeridas por la ciudadanía, vecinos(as) de la comuna, acompañando una lista con el mínimo de firmas requeridas, indicando nombre, Run y dirección.
CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Expresa la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial, funcional, las organizaciones de interés público, las organizaciones gremiales, sindicales y otras de actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna, Órgano consultivo del Concejo Municipal y del alcalde, elegido por los dirigentes sociales.
Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones señaladas en la Ley Nº19.418. Ser dirigente elegido por cualquiera de las organizaciones comunitarias. Tener un año de existencia la organización que representa al momento de la elección. Ser chileno o extranjero avecindado en el país. Estará integrado por: a) 7 dirigentes que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter territorial de la comuna definidas en la ley 19.418. b) 12 dirigentes que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter funcional de la comuna definidas en la Ley 19.418. c) 2 dirigentes que representarán a las organizaciones de interés público de la comuna. d) 2 dirigentes (que provengan) de asociaciones gremiales de la comuna, de las organizaciones sindicales y de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.
CONSEJO COMUNAL DE SEGURIDADPÚBLICA
Órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal e instancia de coordinación interinstitucional a nivel local.
Presidido por el alcalde e integrado por las personas que ocupan los cargos o calidades que se indican: a) El delegado presidencial regional b) Dos concejales elegidos por el concejo municipal. c) El oficial o suboficial de Fila de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile que ostente el más alto grado en la unidad policial territorial de mayor categoría con presencia en la comuna. d) El oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile que ostente la mayor jerarquía de la respectiva unidad o quien éste designe. e) El fiscal adjunto de la fiscalía local correspondiente del Ministerio Público f) Dos representantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil. g) Un funcionario municipal que será designado por el alcalde como Secretario Ejecutivo del consejo. h)Un representante de la repartición de Gendarmería de Chile. i) Un representante de la repartición del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil. J) Un representante de la repartición del SENDA.
CONSEJOS DE DESARROLLO LOCAL DE SALUD
Es un espacio de encuentro entre los equipos de Salud, usuarios y representantes de la comunidad, con el fin de aportar al mejoramiento de la salud.
Representantes de organizaciones como Juntas de Vecinos, Equipos de Salud, Agrupaciones de Mujeres, Grupos Juveniles, Grupos de Adultos Mayor, representantes de los funcionarios de salud, Equipo Directivo del Establecimiento.
CONSEJOS ESCOLARES
Reúne a los distintos actores que componen una comunidad educacional de modo que puedan informarse, participar y opinar sobre materia relevante para el establecimiento y con ello contribuir al mejoramiento y fortalecimiento de la educación.
Es un órgano integrado por el director del establecimiento que lo presidirá; por el sostenedor o un representante designado por él; un docente elegido por los profesores del establecimiento; el presidente del centro de padres y apoderados, y el presidente del centro de alumnos en caso de la enseñanza media.
CONSULTA PÚBLICA,en el marco de la elaboración o modificación del Plan ReguladorComunal
Es un mecanismo de participación ciudadana, que descrito en el artículo 28 octies de la Ley N° 21.078, sobre transparencia de mercado del suelo, y en la Ordenanza de Participación Ciudadana, forma parte esencial del proceso de construcción de la “imagen objetivo del desarrollo urbano” de la comuna, que servirá de sustento al proceso de elaboración o modificación del plan regulador comunal, a través del cual la sociedad civil (vecinos afectados y los principales actores del territorio planificado) a través de observaciones fundadas y por los plazos previstos en la normativa, tiene asegurada, junto a otros mecanismos, su intervención , en un foro no vinculante, que da el carácter de transparente y participativo al proceso.
Vecinos afectados y principales actores del territorio planificado.
OFICINA DE INFORMACION RECLAMOS Y SUGERENCIA
La Municipalidad habilitará y mantendrá en funcionamiento una oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS), la cual estará abierta a la Comunidad.
Las presentaciones o reclamaciones deben efectuarse por escrito y contener a lo menos 1. Individualización del o los solicitantes indicando al menos su nombre , dirección y rut. 2..- Exposición clara de la materia de la presentación y sus fundamentos. 3.- La exposición del asunto y la decisión que se pretende del municipio. 4.- Adjuntar los antecedentes en que se fundamenta si correspondiere identificación de la persona a quien el municipio puede notificar o comunicar las resoluciones que al respecto se adopten.
PARTICIPACION A TRAVES DE LA JUNTAS DE VECINOS
Las Juntas de Vecinos, tienen carácter de organización comunitaria territorial cuyo objeto es promover la integración, la participación y el desarrollo de los habitantes de las Unidades Vecinales.
Los planteamientos de interés común que realicen las Juntas de Vecinos deberán ser presentados por escrito a la Municipalidad vía oficina de informaciones , reclamos y sugerencias, o a través de correo electrónico infopac@pedoaguirrecerda.cl Las anteriores disposiciones se extienden también a las Uniones Comunales de las Juntas de Vecinos, referido al ámbito comunal.
PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS FUNCIONALES
Las organizaciones comunitarias funcionales de la comuna podrán presentar a la Municipalidad iniciativas, opiniones, programas y/o proyectos de interés común en el ámbito local, sobre materias que incidan en el objeto de la respectiva organización y que se enmarque en las funciones municipales.
La Municipalidad deberá informar permanentemente sobre los programas, proyectos de inversión y de desarrollo y actividades municipales en el ámbito de la cultura, educación, salud, medio ambiente y cualquier otra materia que tenga relevancia para las organizaciones funcionales. Sus presentaciones deberán efectuarla según procedimiento establecidas en artículo N°35, de la Ordenanza de Participación Ciudadana.
PLADECO PARTICIPATIVO
El Plan de Desarrollo Comunal, es un instrumento rector del desarrollo en la comuna, que contempla las acciones orientadas a satisfacer las necesidades de la comunidad local y promover su avance social, económico y cultural. El propósito del Plan de Desarrollo Comunal es contribuir a una administración eficiente de la comuna y a promover iniciativas y proyectos destinados a impulsar el progreso económico, social, y cultural de sus habitantes.
Residir en la comuna y ser mayor de edad, participar como ciudadano o dirigente social en el PLADECO.
PLEBISCITOS COMUNALES
Iniciativa de participación ciudadana que busca recoger el pronunciamiento de los ciudadanos de la comuna respecto de asuntos de interés comunal.
Serán materias de Plebiscito Comunal todas aquellas que en el marco de la competencia municipal dicen relación con: Programas o proyectos de inversión específica, en las áreas de salud, educación seguridad ciudadana, urbanismo, desarrollo urbano, medio ambiente y cualquiera que tenga relación con el desarrollo económico, social y cultural de la comuna. La aprobación o modificación del Plan de Desarrollo Comunal La aprobación o modificación del Plan Regulador Comunal Otras de interés para la comunidad local, siempre que sean propios de la competencia municipal
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
El presupuesto participativo es una herramienta de democracia participativa que permite a la ciudadanía incidir o tomar decisiones referentes a los presupuestos municipales
Residir en la comuna y ser mayor de edad.